Introducción

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS PARA ABRIR UNA NUEVA CUENTA - Para ayudar al gobierno a luchar contra la financiación del terrorismo y las actividades de blanqueo de dinero, la ley federal exige que todas las instituciones financieras obtengan, verifiquen y registren la información que identifica a cada persona que abre una cuenta. Lo que esto significa para usted: Cuando abra una cuenta, le pediremos su nombre, dirección, fecha de nacimiento y otros datos que nos permitan identificarle. También podemos pedirle que nos muestre su permiso de conducir u otros documentos de identificación.

Requisitos para ser miembro

Harvard University Employees Credit Union (HUECU) es una institución financiera sin ánimo de lucro que ofrece servicios bancarios al por menor a los empleados y familiares de la Universidad de Harvard y organizaciones afiliadas. Los grupos que soliciten los servicios de HUECU deben presentar una solicitud por escrito, incluyendo una prueba de afiliación a Harvard, al Consejo de Administración. El Consejo debe aprobar esta solicitud para que los servicios de HUECU se presten a estos empleados.

Identificación de nuevos miembros

A) Solicitud de adhesión de los empleados:

1) Los empleados de la Universidad de Harvard o de las organizaciones afiliadas deben presentar dos tipos de identificación con fotografía para ser miembros de HUECU:

a) Identificación con foto válida (no caducada) emitida por el gobierno de EE.UU. o del estado, como licencia de conducir, tarjeta de identificación estatal, pasaporte de EE.UU., pasaporte extranjero (o cédula), identificación militar de EE.UU., tarjeta de recibo de registro de extranjeros con foto, licencia de conducir canadiense u otra identificación con foto según la lista A o la lista B del formulario I-9 del Departamento de Justicia de EE.UU.

b) Documento de identidad con fotografía expedido por la Universidad de Harvard o por organizaciones afiliadas. Los nuevos empleados deben recibir su identificación con foto de su empleador antes de unirse a HUECU.

2) Todos los nuevos afiliados deben proporcionar un número de seguridad social u otro número de identificación de contribuyente válido emitido por la Administración de la Seguridad Social.

3) Todas las solicitudes de nuevos miembros serán verificadas por referencias crediticias de terceros y por listas de la Oficina de Control de Activos Extranjeros, entre otras, por el Servicio Nacional de Protección de Cheques. Cualquier información derogatoria se comunicará al director de la sucursal o al supervisor de la misma. Esta persona tiene la autoridad total y definitiva para rechazar la solicitud de afiliación basándose en esta información derogatoria.

B) Solicitud de afiliación de familiares:

El familiar de un empleado que solicita la afiliación está sujeto a los tres pasos descritos anteriormente, a excepción del 1-b. Deben presentarse dos formas de identificación con fotografía, una de las cuales cumple con lo establecido en el punto 1-a anterior. Además, se debe proporcionar información de contacto sobre el empleado que reúne los requisitos para verificar la elegibilidad de la afiliación.

Identificación de los miembros actuales

A) Operaciones realizadas en persona :

Se espera que los miembros del personal de HUECU identifiquen adecuadamente a todos los miembros antes de realizar las transacciones. En los casos de transacciones que impliquen el desembolso de fondos (incluyendo retiros, anticipos de préstamos y cierres de nuevos préstamos), se espera que los miembros proporcionen una identificación con fotografía cuando se les solicite. La documentación justificativa puede incluir la tarjeta de firma de la cuenta, la tarjeta de cajero automático/débito o la tarjeta de socio. También se exige una identificación con fotografía a los afiliados que soliciten servicios de notario y de garantía de firma, así como verificaciones de cuentas.

El gerente o el supervisor a cargo tiene plena autoridad para rechazar las solicitudes de transacciones si no se puede identificar adecuadamente al socio.

B) Transacciones por teléfono:

Los miembros que soliciten operaciones o consultas de cuenta por teléfono se identificarán con su número de identificación personal (PIN) de banca telefónica. Este PIN se verifica antes de realizar la transacción. El personal de HUECU, así como el sistema automático de respuesta de voz (Call24), utilizan el PIN para la identificación telefónica.

3) Transacciones por Internet:

El sistema de Home Banking de HUECU utiliza el mismo PIN que (B) anterior para verificar la identidad de los miembros que solicitan transacciones.

4) Transacciones con tarjetas de plástico:

Nuestro proveedor de procesamiento de EFT (actualmente NYCE) verifica el PIN seleccionado por el afiliado antes de que las tarjetas de débito o de cajero automático puedan utilizarse en un cajero automático o para compras en puntos de venta basadas en el PIN. Las tarjetas de débito o de crédito utilizadas para pagos con firma se identifican de acuerdo con las normas de funcionamiento de MasterCard y Visa.

Identificación de los no miembros

Cuando un no miembro presenta un cheque pagadero a su nombre y girado contra la cuenta corriente de un miembro en HUECU, haremos todo lo posible para negociar el cheque. Una vez que se haya verificado la validez del cheque (firma del miembro, fondos disponibles, ausencia de suspensión de pago), el no miembro deberá mostrar dos formas de identificación válida con fotografía. Uno de los formularios debe ser del mismo tipo descrito en la sección A 1-a anterior. Además, el no miembro será comparado con las listas de control de la OFAC utilizando el software OFAC Tracker. El Gerente o Supervisor debe aprobar todo el cambio de cheques de personas no miembros. El Gerente o Supervisor a cargo tiene plena autoridad para rechazar la transacción si no se puede determinar la validez del cheque, si el no miembro no puede ser identificado correctamente o si aparece en la Lista de Control de OFAC. Además, la transacción puede ser rechazada si el desembolso de la cantidad de efectivo solicitada disminuye nuestra capacidad de proporcionar efectivo a nuestros miembros en ese lugar.

HUECU no proporciona ningún otro servicio a los no miembros.

Efecto de la futura normativa

Los reguladores de la industria financiera, que operan bajo la Ley Patriótica de los Estados Unidos, continuarán emitiendo directrices relativas a la identificación de los clientes y a los procedimientos de identificación. Cualquier nuevo requisito emitido por una autoridad o agencia que regule a HUECU se incorporará a esta política y a nuestros procedimientos dentro del plazo especificado.

Su seguridad

En Harvard University Employees Credit Union, nos comprometemos a proteger su privacidad. Hemos creado esta declaración de privacidad para demostrar nuestro firme compromiso con su privacidad. A continuación se describen nuestras prácticas de recopilación y difusión de información para nuestro sitio web:

  • Los visitantes del sitio web de HUECU permanecerán anónimos. No recopilamos información de identificación personal sobre los visitantes de nuestro sitio.
  • Utilizamos su dirección IP para ayudar a diagnosticar problemas con nuestro servidor y para administrar nuestro sitio web. Nuestros servidores recogen información estándar de identificación sobre los visitantes del sitio, como la fecha y la hora de visita, la dirección IP, la ciudad, el estado y el país. Esta información se utiliza para elaborar estadísticas estándar sobre el uso del sitio.
  • Si ha proporcionado una identificación (como el nombre y la dirección) a través del correo electrónico o de los formularios de solicitud de información, la información sólo se utilizará para comunicarnos con usted y gestionar su solicitud. No se vende ni se transfiere a otras partes a menos que lo exija la ley o una orden judicial.
  • Este sitio contiene enlaces a sitios web. HUECU no es responsable de las prácticas o el contenido de dichos sitios web.
  • Advertimos a los miembros que eviten transmitir información confidencial a través de Internet, a menos que la transmisión se realice dentro de una zona segura. Ni las solicitudes en línea ni los mensajes de correo electrónico son canales de comunicación seguros. Para salvaguardar su privacidad, cualquier mensaje que contenga información confidencial debe imprimirse y enviarse por fax cuando se complete fuera del área segura.
  • HUECU se reserva el derecho de cambiar o modificar su política de privacidad y confidencialidad en cualquier momento mediante la publicación de una nueva política de privacidad.
  • La información enviada por correo electrónico no es segura. No envíe información confidencial (número de cuenta, número de la seguridad social, etc.) por correo electrónico.

Si tiene preguntas sobre las prácticas de este sitio, o sobre sus relaciones con este sitio web, puede ponerse en contacto con

Departamento deMarketing
Cooperativa de Crédito para Empleados de la Universidad de Harvard
104 Mt. Auburn Street, Planta 4
Cambridge , MA 02138-3846
617-495-4460

A continuación se indican los tipos de transferencias electrónicas de fondos que podemos gestionar, algunos de los cuales pueden no aplicarse a su cuenta. Le rogamos que lea atentamente esta información, ya que le indica sus derechos y obligaciones en relación con las transacciones indicadas. Debe guardar esta notificación para consultarla en el futuro.

Transferencias electrónicas de fondos iniciadas por terceros. Usted puede autorizar a un tercero a iniciar transferencias electrónicas de fondos entre su cuenta y la cuenta del tercero. Estas transferencias para realizar o recibir pagos pueden ser puntuales o pueden repetirse según sus indicaciones. Estas transferencias pueden utilizar la Cámara de Compensación Automatizada (ACH) u otra red de pagos. Su autorización al tercero para realizar estas transferencias puede producirse de varias maneras. Por ejemplo, su autorización para convertir un cheque o una letra de cambio en una transferencia electrónica de fondos o para pagar electrónicamente un cheque devuelto o un cargo por letra de cambio puede producirse cuando un comerciante le proporciona una notificación y usted sigue adelante con la transacción (normalmente, en el punto de compra, un comerciante colocará una señal e imprimirá la notificación en un recibo). En todos los casos, estas transferencias de terceros requerirán que usted proporcione al tercero su número de cuenta y la información de la cooperativa de crédito. Esta información puede encontrarse en su cheque o giro, así como en el resguardo de ingreso o retirada. Por lo tanto, sólo debe proporcionar la información de su cuenta y de su cooperativa de crédito (ya sea por teléfono, por Internet o por algún otro método) a terceros de confianza a los que haya autorizado a iniciar estas transferencias electrónicas de fondos. Algunos ejemplos de estas transferencias son, entre otros, los siguientes

  • Créditos preautorizados. Usted puede hacer arreglos para que ciertos depósitos directos sean aceptados en su(s) cuenta(s) corriente(s), de ahorro o de mercado monetario.
  • Pagos preautorizados. Puede acordar el pago de determinadas facturas periódicas con su(s) cuenta(s) corriente(s) o de ahorro.
  • Conversión electrónica de cheques o letras de cambio. Puede autorizar a un comerciante o a otro beneficiario a realizar un pago electrónico único desde su cuenta corriente o de cheques, utilizando la información de su cheque o giro para pagar compras o facturas.
  • Cargo por cheque o giro electrónico devuelto. Puede autorizar a un comerciante u otro beneficiario a iniciar una transferencia electrónica de fondos para cobrar un cargo en caso de que un cheque o giro sea devuelto por fondos insuficientes.

Consulte también la sección Limitaciones de la frecuencia de las transferencias en relación con las limitaciones que se aplican a las cuentas de ahorro.

Llamada 24 Transferencias telefónicas - tipos de transferencias - Puede acceder a su cuenta por teléfono las 24 horas del día en el (617) 496-2002 utilizando su número de identificación personal (PIN), un teléfono de tonos y sus números de cuenta, para:

  • transferir fondos de una cuenta corriente o de una cuenta de ahorro a una cuenta corriente o de ahorro
  • transferir fondos de la línea de crédito a la cuenta corriente o a la cuenta de ahorro
  • realizar pagos desde cuentas corrientes o de ahorro a cuentas de préstamo con nosotros
  • obtener información sobre:
    • el saldo de las cuentas corrientes o de ahorro
    • los últimos diez depósitos en cuentas corrientes o de ahorro
    • las últimas diez retiradas de dinero de cuentas corrientes o de ahorro

Consulte también la sección Limitaciones de la frecuencia de las transferencias en relación con las limitaciones que se aplican a las transferencias telefónicas.

Su opción de limitar las retiradasde efectivo: además de las limitaciones de importe en dólares para las retiradas con su tarjeta de cajero automático o tarjeta de débito MasterCard® y/o código que podamos establecer, usted tiene la opción de limitar el importe de efectivo que puede retirar con su tarjeta de cajero automático o tarjeta de débito MasterCard y/o código a 50,00 por día o a otro importe aceptable para nosotros.

Transferencias por cajero automático - tipos de transferencias y limitaciones en dólares - Puede acceder a su(s) cuenta(s) por cajero automático utilizando su tarjeta de cajero automático y su número de identificación personal o su tarjeta de débito MasterCard y su número de identificación personal, a:

  • hacer depósitos en la(s) cuenta(s) corriente(s) o de ahorro sólo en los cajeros automáticos que participan en el Programa de Depósitos Compartidos de NYCE
  • obtener retiradas de efectivo de la(s) cuenta(s) corriente(s) o de ahorro con una tarjeta de cajero automático
    • no podrá retirar más de 1.000,00 (u otra cantidad que nosotros determinemos) al día en combinación con el punto de venta
  • obtener retiradas de efectivo de la(s) cuenta(s) corriente(s) o de ahorro con una tarjeta de débito
    • no puede retirar más de 1.000,00 al día
  • transferir fondos de una cuenta corriente o de ahorro a una cuenta corriente o de ahorro

Algunos de estos servicios pueden no estar disponibles en todas las terminales.

Consulte también la sección Limitaciones de la frecuencia de las transferencias en relación con las limitaciones que se aplican a las transferencias en cajeros automáticos.

Tipos de transacciones en puntos de venta con tarjeta ATM: puede acceder a su(s) cuenta(s) corriente(s) para comprar bienes (en persona), pagar servicios (en persona) y obtener dinero en efectivo de un comerciante, si éste lo permite, o de una institución financiera participante.

Transacciones en el punto de venta - limitaciones en dólares - Uso de su tarjeta:

  • no podrá exceder de 1.000,00 (u otra cantidad determinada por nosotros) en transacciones por día en combinación con retiros en cajeros automáticos

Tipos de transacciones en puntos de venta con tarjetas de débito MasterCard: puede acceder a su(s) cuenta(s) corriente(s) para comprar bienes (en persona o por teléfono), pagar servicios (en persona o por teléfono), obtener dinero en efectivo de un comerciante, si éste lo permite, o de una institución financiera participante, y hacer cualquier cosa que acepte un comerciante participante.

Transacciones en el punto de venta - limitaciones en dólares - Uso de su tarjeta:

  • no puede superar los 3.000,00 en transacciones por día

Consulte también la sección Limitaciones de la frecuencia de las transferencias en relación con las limitaciones que se aplican a las transacciones con tarjeta de débito.

Tasas por conversión de divisas y transacciones transfronterizas. Si realiza una transacción con su tarjeta de débito MasterCard en una moneda distinta del dólar estadounidense, MasterCard convertirá el cargo en un importe en dólares estadounidenses. El procedimiento de conversión de divisas de MasterCard incluye el uso de un tipo de cambio impuesto por el gobierno o un tipo de cambio mayorista seleccionado por MasterCard. El tipo de cambio que utilice MasterCard será el que esté en vigor el día en que se procese la transacción. Este tipo de cambio puede diferir del tipo de cambio vigente en la fecha de la compra o en la fecha en que la transacción se contabilizó en su cuenta.

MasterCard nos cobra una tasa de conversión de divisas de 20 puntos básicos (el 0,2% de la transacción) por realizar la conversión de divisas. Además, MasterCard nos cobra una tasa de emisión transfronteriza de 80 puntos básicos (el 0,8% de la transacción) en todas las transacciones transfronterizas, independientemente de que haya una conversión de divisas. En consecuencia, le cobramos una comisión por conversión de divisas del 0,2% y una comisión por transacción transfronteriza del 0,8%. La comisión por transacciones transfronterizas se aplica a todas las transacciones transfronterizas, independientemente de que haya una conversión de divisas. Una transacción transfronteriza es una transacción procesada a través del Global Clearing Management System o del MasterCard Debit Switch en la que el país del comerciante es diferente al país del titular de la tarjeta.

Advertencia contra el uso ilegal. Usted se compromete a no utilizar su(s) tarjeta(s) para juegos de azar ilegales u otros fines ilícitos. La exhibición del logotipo de una tarjeta de pago por parte de, por ejemplo, un comerciante en línea, no significa necesariamente que las transacciones sean legales en todas las jurisdicciones en las que se encuentre el titular de la tarjeta.

Transferencias por ordenador - tipos de transferencias - Puede acceder a su(s) cuenta(s) por ordenador en www.huecu.org utilizando su identificación de usuario y su contraseña, para:

  • transferir fondos de una cuenta corriente o de una cuenta de ahorro a una cuenta corriente o de ahorro
  • transferir fondos de la línea de crédito a la cuenta corriente o a la cuenta de ahorro
  • realizar pagos desde cuentas corrientes o de ahorro a cuentas de préstamo con nosotros
  • realizar pagos de la cuenta corriente a terceros
  • obtener información sobre:
    • el saldo de las cuentas corrientes o de ahorro
    • depósitos en cuentas corrientes o de ahorro
    • retiros de cuentas corrientes o de ahorro

Consulte también la sección Limitaciones de la frecuencia de las transferencias en relación con las limitaciones que se aplican a las transferencias por ordenador.

Limitaciones de la frecuencia de las transferencias. Además de las limitaciones a las transferencias descritas en otros apartados, si las hubiera, se aplican las siguientes limitaciones:

  • Durante un mes, no podrá realizar más de seis reintegros o transferencias de la(s) cuenta(s) de ahorro a otra cuenta suya de la cooperativa de crédito o a un tercero mediante una transferencia preautorizada o automática, una transferencia informática, una orden o instrucción telefónica o una orden similar a un tercero.
  • Durante un mes, no podrá realizar más de seis reintegros o transferencias de una cuenta de mercado monetario a otra cuenta suya de la cooperativa de crédito o a un tercero mediante una transferencia preautorizada, automática o por ordenador, una orden o instrucción telefónica o un cheque, giro, tarjeta de débito u orden similar a un tercero. Si supera los límites de transferencia establecidos anteriormente, su cuenta estará sujeta al cierre por parte de la cooperativa de crédito.

Si excede los límites de transferencia establecidos anteriormente, su cuenta será objeto de cierre por parte de la cooperativa de crédito.

Terminación -

  • Usted puede rescindir el acuerdo de transferencia electrónica de fondos notificándonoslo por escrito.
  • Podemos rescindir el acuerdo de transferencia electrónica de fondos mediante una notificación por escrito.

Saldo mínimo de la cuenta -

  • No le exigimos que mantenga un saldo mínimo en ninguna cuenta como condición para utilizar un dispositivo de acceso (tarjeta o código) para realizar una transferencia.

TASAS

  • No cobramos por los ingresos directos en ningún tipo de cuenta.

Salvo que se indique lo contrario, no cobramos por estas transferencias electrónicas de fondos.

Comisiones del operador del cajero automático/de la red. Cuando utilice un cajero automático que no sea de nuestra propiedad, es posible que el operador del cajero automático o la red utilizada le cobren una comisión (y es posible que le cobren una comisión por una consulta de saldo aunque no complete una transferencia de fondos).

DOCUMENTACIÓN

  • Transferencias por terminal. Puede obtener un recibo en el momento de realizar una transferencia desde o hacia su cuenta utilizando un cajero automático o un terminal de punto de venta. Sin embargo, es posible que no obtenga un recibo si el importe de la transferencia es o menos.
  • Créditos preautorizados. Si ha dispuesto que se realicen depósitos directos en su cuenta al menos una vez cada 60 días por parte de la misma persona o empresa, puede llamarnos al (617) 495-4460 para saber si el depósito se ha realizado o no.
  • Extractos periódicos.
    Recibirá un extracto mensual de sus cuentas corrientes.
    Recibirá un extracto mensual de sus cuentas de ahorro, a menos que no haya transferencias en un mes determinado. En cualquier caso, recibirá un extracto al menos trimestralmente.

PAGOS PREAUTORIZADOS

  • Derecho a suspender el pago y procedimiento para hacerlo. Si nos ha dicho de antemano que hagamos pagos regulares con cargo a su cuenta, puede suspender cualquiera de estos pagos. El procedimiento es el siguiente:
    Llámenos o escríbanos al número de teléfono o a la dirección que figura en este folleto con tiempo suficiente para que recibamos su solicitud tres días hábiles o más antes de la fecha prevista para el pago. Si llama, es posible que también le pidamos que ponga su solicitud por escrito y nos la haga llegar en un plazo de 14 días después de su llamada.
    Consulte en nuestro folleto de tarifas el importe que le cobraremos por cada orden de suspensión de pago que dé.
  • Aviso de variación de los importes. Si estos pagos periódicos pueden variar en su cuantía, la persona a la que va a pagar le comunicará, 10 días antes de cada pago, cuándo se realizará y cuál será su cuantía. (Puede elegir, en cambio, recibir este aviso sólo cuando el pago vaya a diferir en más de una determinada cantidad del pago anterior, o cuando el importe vaya a quedar fuera de ciertos límites que usted fije).
  • Responsabilidad por no suspender el pago de una transferencia preautorizada. Si nos ordena detener uno de estos pagos 3 días hábiles o más antes de que la transferencia esté programada, y no lo hacemos, seremos responsables de sus pérdidas o daños.

INFORMACIÓN ADICIONAL REQUERIDA
POR LA LEY DE MASSACHUSETTS

  1. Toda la documentación que se le proporcione y que indique que se ha realizado una transferencia electrónica de fondos a otra persona será admisible como prueba de la transferencia y constituirá una prueba prima facie de que ésta se ha realizado.
  2. La iniciación por su parte de determinadas transferencias electrónicas de fondos desde su cuenta, salvo que se disponga lo contrario en el acuerdo, eliminará efectivamente su capacidad de detener el pago de la transferencia.

Salvo que se disponga lo contrario en este acuerdo, usted (el consumidor) no puede suspender el pago de las transferencias electrónicas de fondos, por lo que no debe emplear el acceso electrónico para las compras o los servicios a menos que esté convencido de que no necesitará suspender el pago.

RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD FINANCIERA

Si no completamos una transferencia hacia o desde su cuenta a tiempo o en la cantidad correcta según nuestro acuerdo con usted, seremos responsables de sus pérdidas o daños. Sin embargo, hay algunas excepciones. Por ejemplo, no seremos responsables:

  1. Si, por causas ajenas a nosotros, no tiene suficiente dinero en su cuenta para realizar la transferencia.
  2. Si tiene una línea de crédito en descubierto y la transferencia superaría el límite de crédito.
  3. Si el cajero automático donde realiza la transferencia no dispone de suficiente efectivo.
  4. Si el terminal o el sistema no funcionaba correctamente y usted conocía la avería cuando inició la transferencia.
  5. Si circunstancias ajenas a nuestra voluntad (como un incendio o una inundación) impiden la transferencia, a pesar de las precauciones razonables que hayamos tomado.
  6. Si los fondos están sujetos a un proceso legal u otro gravamen que restrinja dicha transferencia.
  7. Puede haber otras excepciones indicadas en nuestro acuerdo con usted.

CONFIDENCIALIDAD

Con el fin de proteger su privacidad, no revelaremos ninguna información sobre usted o su cuenta a ninguna persona, organización o agencia, excepto:

  1. para determinadas divulgaciones rutinarias necesarias para la realización de una transferencia; o
  2. para verificar la existencia y el estado de su cuenta para una oficina de crédito o un comerciante; o
  3. a personas autorizadas por la ley en el ejercicio de sus funciones oficiales; o
  4. a nuestros empleados, auditores, proveedores de servicios, abogados o agentes de cobro en el ejercicio de sus funciones; o
  5. en cumplimiento de una orden judicial o una citación legal; o
  6. a una agencia de información al consumidor, tal como se define en el capítulo 93 de las leyes generales de Massachusetts; o
  7. como se explica en la Divulgación de Privacidad separada.

Si se ha producido una divulgación no autorizada, debemos informarle de los detalles de la misma en el plazo de tres días desde que descubrimos que se ha producido una divulgación no autorizada.

TRANSFERENCIAS NO AUTORIZADAS

(a) Responsabilidad del consumidor.

- En general. Infórmenos DE INMEDIATO si cree que su tarjeta y/o código se ha extraviado, ha sido robado, se ha utilizado sin su permiso, o si cree que se ha realizado una transferencia electrónica de fondos sin su permiso utilizando la información de su cheque o giro. Llámenos al 617-495-4460 o escriba a EFT Department, Harvard University Employees Credit Union, 16 Dunster St., Cambridge, MA 02138. No puede perder más que si no nos avisa de la pérdida o el robo de su tarjeta y/o código y su tarjeta y/o código se utilizan sin su permiso.

-Límites adicionales de responsabilidad parala tarjeta de débito MasterCard™, cuando se utiliza para transacciones en puntos de venta. Usted no será responsable de ninguna transacción no autorizada con su tarjeta de débito MasterCard™, cuando se utilice para transacciones en puntos de venta, si: (i) puede demostrar que ha tenido un cuidado razonable para salvaguardar su tarjeta del riesgo de pérdida o robo, (ii) no nos ha informado de dos o más incidentes de uso no autorizado en el periodo de doce meses anterior, y (iii) su cuenta está al día. Si no se cumple alguna de estas condiciones, su responsabilidad será la menor de ellas o la cantidad de dinero, bienes, mano de obra o servicios obtenidos por el uso no autorizado antes de notificárnoslo. "Uso no autorizado" significa el uso de su tarjeta de débito por parte de una persona, distinta de usted, que no tiene autoridad real, implícita o aparente para dicho uso, y del que usted no recibe ningún beneficio. Esta limitación adicional de la responsabilidad no se aplica a las transacciones con número de identificación personal (PIN) ni a las transacciones no procesadas por MasterCard.

(b) Contacto en caso de transferencia no autorizada. Si cree que ha perdido o le han robado la tarjeta y/o el PIN o que alguien ha transferido o puede transferir dinero de su cuenta sin su permiso, por ejemplo, utilizando la información de su cheque o giro, llámenos o escríbanos al número de teléfono o a la dirección que figuran en este folleto.

USO PROTEGIDO DEL CONSUMIDOR

El Capítulo 167B de las Leyes Generales de Massachusetts se promulgó para proporcionar un medio para que las instituciones financieras, las empresas y los consumidores puedan llevar a cabo sus relaciones comerciales de manera más conveniente. La transferencia de fondos por vía electrónica complementará el uso de cheques, crédito y efectivo y no sustituirá estos métodos actuales de hacer negocios. Como consumidor, debe conocer sus derechos si decide utilizar este sistema.

  1. Prohibición de uso obligatorio. Ninguna persona puede:
    -exigirle que utilice una transferencia electrónica de fondos preautorizada como condición para la concesión de un crédito, a menos que el crédito se conceda en relación con un plan de comprobación de sobregiros, o se conceda para mantener un saldo específico en su cuenta, o exigirle que acepte un servicio de transferencia o que establezca una cuenta a la que se acceda electrónicamente como condiciones de empleo o de recepción de una prestación gubernamental, o
    -exigirle que pague electrónicamente por la compra de bienes o servicios.
    Si el abono en su cuenta se realiza mediante una transferencia preautorizada, usted puede elegir la institución financiera a la que se puede realizar la transferencia, si la institución es técnicamente capaz de recibir dicha transferencia preautorizada.
  2. Renuncia a los derechos. Ningún escrito o acuerdo firmado por usted puede renunciar a los derechos que le confiere el Capítulo 167B de las Leyes Generales de Massachusetts, a menos que usted decida renunciar a estos derechos en la resolución de una disputa o acción.
  3. Reembolsos. Si la política de una tienda o comercio minorista es devolver el dinero en efectivo a cambio de un artículo comprado en metálico, esta política debe cubrir también las devoluciones de artículos comprados por transferencia electrónica de fondos, a menos que se indique claramente en el momento de consumar la transacción que no se conceden devoluciones en metálico o a crédito por los pagos realizados por transferencia electrónica de fondos.
  4. Suspensión de las obligaciones. Si una persona se compromete a aceptar el pago mediante una transferencia electrónica de fondos y el mal funcionamiento del sistema impide dicha transferencia, la obligación del consumidor queda suspendida hasta que pueda completarse la transferencia, a menos que dicha persona, por escrito, exija el pago por otros medios.
  5. Medios de identificación prohibidos. Su número de la Seguridad Social no puede utilizarse como número de identificación principal, aunque sí como ayuda secundaria para identificarle.
  6. Responsabilidad penal. La obtención o el uso de una tarjeta, un código u otro medio de acceso electrónico a una cuenta con la intención de defraudar es una base para la responsabilidad penal.

AVISO DE RESOLUCIÓN DE ERRORES

En caso de errores o preguntas sobre sus transferencias electrónicas, llámenos o escríbanos al número de teléfono o a la dirección que figuran en este folleto, tan pronto como pueda, si cree que su extracto o recibo es incorrecto o si necesita más información sobre una transferencia que figura en el extracto o el recibo. Debemos tener noticias suyas a más tardar 60 días después de haber enviado el PRIMER extracto en el que apareció el problema o el error.

  1. Díganos su nombre y número de cuenta (si lo tiene).
  2. Describa el error o la transferencia sobre la que no está seguro y explique con la mayor claridad posible por qué cree que es un error o por qué necesita más información.
  3. Díganos el importe en dólares del presunto error.

Si nos lo comunica verbalmente, podemos exigirle que nos envíe su queja o pregunta por escrito en un plazo de 10 días hábiles.

Determinaremos si se ha producido un error en un plazo de 10 días hábiles (20 días hábiles si la transferencia se refiere a una cuenta nueva) después de que nos lo comunique y corregiremos cualquier error con prontitud. Sin embargo, si necesitamos más tiempo, podemos tardar hasta 45 días (90 días si la transferencia se refiere a una cuenta nueva, una cuenta fuera del estado, una transacción en un punto de venta o una transferencia iniciada en el extranjero) para investigar su queja o pregunta. Si decidimos hacerlo, le abonaremos en su cuenta, en un plazo de 10 días hábiles (20 días hábiles si la transferencia implicaba una cuenta nueva), el importe que usted considere erróneo, para que pueda disponer del dinero durante el tiempo que tardemos en completar nuestra investigación. Si le pedimos que ponga su queja o pregunta por escrito y no la recibimos en el plazo de 10 días hábiles, es posible que no le abonemos el dinero en su cuenta. Su cuenta se considera una cuenta nueva durante los primeros 30 días después de realizar el primer depósito, a menos que cada uno de ustedes ya tenga una cuenta establecida con nosotros antes de abrir esta cuenta.

Le comunicaremos los resultados en un plazo de tres días hábiles tras completar nuestra investigación. Si decidimos que no hubo ningún error, le enviaremos una explicación por escrito.

Puede solicitar copias de los documentos que hemos utilizado en nuestra investigación.

UNIÓN DE CRÉDITO PARA EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE HARVARD
SERVICIOS PARA MIEMBROS

APARTADO DE CORREOS 382609
CAMBRIDGE, MASSACHUSETTS 02138-2609
Días laborables: De lunes a viernes
Horario de atención: 8:30 A.M. - 4:30 P.M.
Excluidos los días festivos federales y los publicados
Teléfono: (617) 495-4460

HAY INFORMACIÓN MÁS DETALLADA DISPONIBLE
BAJO PETICIÓN

DIVULGACIÓN DEL REGISTRO/FIRMA ELECTRÓNICA Y CONSENTIMIENTO

Ocasionalmente, la Harvard University Employees Credit Union (nosotros o la Empresa) puede estar obligada por ley a proporcionarle ciertos avisos o divulgaciones por escrito. A continuación se describen los términos y condiciones para proporcionarle dichos avisos y divulgaciones por vía electrónica. Por favor, lea detenidamente la información que aparece a continuación y, si puede acceder a esta información electrónicamente de forma satisfactoria y está de acuerdo con estos términos y condiciones, confirme su acuerdo haciendo clic en el botón "Acepto" que aparece al final de este documento.

Obtener copias en papel

En cualquier momento, puede solicitarnos una copia en papel de cualquier registro que se le haya proporcionado o que pueda ponerse a su disposición electrónicamente en huecu.org.

Todas las notificaciones y divulgaciones se le enviarán electrónicamente

Cómo contactar con Harvard University Employees Credit Union:

Puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono (617-496-4460) o por correo electrónico (huecu@harvard.edu) para informarnos de sus cambios en cuanto a la forma en que podemos ponernos en contacto con usted por vía electrónica, para solicitarnos copias en papel de determinada información y para retirar su consentimiento previo para recibir notificaciones y divulgaciones por vía electrónica de la siguiente manera:

Para informar a Harvard University Employees Credit Union de su nueva dirección de correo electrónico

Para informarnos de un cambio en su dirección de correo electrónico a la que debemos enviarle avisos y divulgaciones por vía electrónica, debe enviarnos un mensaje de correo electrónico a huecu@harvard.edu y en el cuerpo de dicha solicitud debe indicar: su dirección de correo electrónico anterior, su nueva dirección de correo electrónico. No requerimos ninguna otra información de usted para cambiar su dirección de correo electrónico.

Para solicitar copias en papel a la Harvard University Employees Credit Union

Para solicitarnos la entrega de copias en papel de las notificaciones y divulgaciones que le hayamos proporcionado previamente por vía electrónica, debe enviarnos un correo electrónico a huecu@harvard.edu y en el cuerpo de dicha solicitud debe indicar su dirección de correo electrónico, nombre completo, dirección postal de Estados Unidos y número de teléfono. En ese momento le facturaremos los gastos, si los hubiera.

Hardware y software necesarios:

Sistemas operativos: ¿Windows2000? o ¿WindowsXP?
Navegadores (para remitentes): Internet Explorer 6.0? o superior
Navegadores (para los firmantes): Internet Explorer 6.0?, Mozilla FireFox 1.0, NetScape 7.2 (o superior)
Correo electrónico: Acceso a una cuenta de correo electrónico válida
Resolución de la pantalla: 800 x 600 como mínimo
Activado Configuración de seguridad: - Permitir cookies por sesión

- Los usuarios que acceden a Internet detrás de un servidor proxy deben activar la configuración de HTTP 1.1 a través de la conexión proxy

** Estos requisitos mínimos están sujetos a cambios. Si estos requisitos cambian, le enviaremos un mensaje de correo electrónico a la dirección de correo electrónico que tengamos archivada para usted en ese momento proporcionándole los requisitos de hardware y software revisados, momento en el que tendrá derecho a retirar su consentimiento.

Reconocimiento de su acceso y consentimiento para recibir materiales por vía electrónica

Para confirmarnos que puede acceder a esta información electrónicamente, que será similar a otros avisos y divulgaciones electrónicas que le proporcionaremos, verifique que pudo leer esta divulgación electrónica y que también pudo imprimir en papel o guardar electrónicamente esta página para su futura referencia y acceso o que pudo enviar por correo electrónico esta divulgación y su consentimiento a una dirección donde podrá imprimirla en papel o guardarla para su futura referencia y acceso. Además, si usted acepta recibir avisos y divulgaciones exclusivamente en formato electrónico en los términos y condiciones descritos anteriormente, por favor háganoslo saber haciendo clic en el botón "Estoy de acuerdo" a continuación.

Al marcar la casilla "Estoy de acuerdo", confirmo que:

  • Puedo acceder y leer este documento de CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO PARA LA RECOGIDA DE REGISTROS ELECTRÓNICOS Y DE FIRMAS; y
  • Puedo imprimir en papel la divulgación o guardar o enviar la divulgación a un lugar donde pueda imprimirla, para poder consultarla y acceder a ella en el futuro; y
  • Hasta que, o a menos que, notifique a Harvard University Employees Credit Union según lo descrito anteriormente, doy mi consentimiento para recibir exclusivamente a través de medios electrónicos todas las notificaciones, divulgaciones, autorizaciones, reconocimientos y otros documentos que deben ser proporcionados o puestos a mi disposición por Harvard University Employees Credit Union durante el curso de mi relación con ustedes.

Retirada del consentimiento

Usted puede retirar el consentimiento para la entrega electrónica de las divulgaciones, pero hacerlo no afectará la eficacia legal, la validez o la aplicabilidad de los registros electrónicos que se pusieron a su disposición antes de la implementación de su retiro. Para retirar el consentimiento, o para proporcionar información actualizada sobre cómo HUECU puede ponerse en contacto con usted electrónicamente, debe escribir a P.O. Box 382609, Cambridge, MA 02238 o utilizar un método que puede estar disponible para usted en este sitio web. Si retira su consentimiento para la entrega electrónica, HUECU le proporcionará las divulgaciones requeridas utilizando el correo de los Estados Unidos.

HUECU se esfuerza por proporcionar un servicio excepcional a todos nuestros miembros. Por ello, proporcionamos acceso a todos nuestros servicios bancarios a las personas con discapacidad.

ACCESIBILIDAD DEL SITIO WEB

HUECU se compromete a garantizar que nuestro sitio web sea accesible para todos nuestros miembros y visitantes del sitio web con lo siguiente:

  • Posibilidad de modificar el tamaño del texto y las imágenes
    La mayoría de los navegadores permiten a los usuarios ajustar el tamaño del texto y de las imágenes de las páginas web para facilitar su visualización, especialmente para los miembros con capacidades visuales disminuidas.
  • Uso de hojas de estilo en cascada (CSS)
    El uso de CSS sigue el principio de separar el contenido de la presentación de nuestras páginas web. Si los miembros tienen dificultades para leer estas páginas web a causa de los tipos de letra o los colores, el CSS puede desactivarse en el navegador web que se utilice.
  • Uso de descripciones de texto alternativo para las imágenes
    Para los miembros con discapacidades visuales, utilizamos activamente descripciones de "texto alternativo" con nuestras imágenes, que es compatible con el software de conversión de texto a voz y permite a los visitantes del sitio web con discapacidades visuales tener una experiencia precisa cuando visitan nuestro sitio.
  • Archivos en formato de documento portátil (PDF) de Adobe
    Parte de la información de nuestro sitio web se ofrece en formato PDF. Recomendamos el uso de Adobe Acrobat® Reader® v. 6.0 o superior, que viene instalado con Read Out Loud, una herramienta de texto a voz (TTS). Este software es capaz de leer el texto contenido en la ventana del documento.

ACCESIBILIDAD FÍSICA

Las instalaciones bancarias y los cajeros automáticos de HUECU están a disposición de todos los miembros. Por lo tanto, para garantizar el acceso, proporcionamos las siguientes características de accesibilidad física:

  • Cajeros automáticos con audio/braille
    Todos los cajeros automáticos de HUECU cuentan con un teclado en braille y están habilitados para audio con guía de voz, lo que permite a los miembros realizar transacciones en cajeros automáticos proporcionando instrucciones a través de un auricular o mediante instrucciones en braille. Los miembros deben proporcionar los auriculares y no están disponibles en las tiendas ni en los cajeros automáticos. Además, para garantizar la seguridad de los miembros que utilizan las funciones de audio de nuestros cajeros automáticos, éstos están equipados con pantallas de privacidad y/o funciones que dejan la pantalla del cajero en blanco para mayor seguridad. HUECU audita periódicamente las funciones de accesibilidad de nuestros cajeros automáticos para garantizar el cumplimiento continuo de todas las normas y requisitos estatales y federales de la ADA.
  • Instalaciones bancarias sin barreras
    Trabajamos para asegurarnos de que nuestras tiendas cumplen las normas de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y todas las directrices de accesibilidad. Revisamos con regularidad nuestras instalaciones para que sean accesibles en los pasillos, las entradas y los vestíbulos, así como en los mostradores de servicio accesibles, y otros servicios.Además, todas las nuevas instalaciones construidas para HUECU son revisadas por un especialista en accesibilidad registrado para confirmar el cumplimiento de la normativa vigente de la ADA.

AYUDAS A LA COMUNICACIÓN

Para comunicarnos eficazmente con nuestros afiliados, nos comprometemos a proporcionar las siguientes ayudas auxiliares:

  • Dispositivos de telecomunicación para sordos (TDD) a travésdel servicio de retransmisión
    Nuestro Centro de Contacto acepta llamadas TDD a través de un servicio de operador de retransmisión para los afiliados que utilizan estos dispositivos. Los afiliados pueden ponerse en contacto con el Centro de Contacto durante nuestro horario habitual llamando al (617) 495-4460.
  • Ayuda para leer o completar el papeleo
    Para los afiliados con problemas de visión, el personal de nuestra sucursal puede leer en voz alta la documentación y otros documentos, así como ayudar a rellenar formularios y otros trámites. Los documentos pueden ampliarse mediante fotocopias ampliadas o en la pantalla del ordenador de un empleado para que el afiliado pueda leerlos. Los afiliados también pueden solicitar que se les envíen los documentos y formularios por correo electrónico. Para los afiliados con problemas de audición, el personal de nuestra sucursal y el Centro de Contacto pueden proporcionar comunicaciones escritas que expliquen nuestros productos, servicios, procedimientos y otra información. Además, se pueden solicitar reuniones privadas en las tiendas.

Al ejecutar la Solicitud y Acuerdo de la Cooperativa de Crédito para Empleados de la Universidad de Harvard ("Cooperativa de Crédito") para la Cuenta de la Cooperativa de Crédito en nombre del(los) Fideicomisario(s) ("Solicitud"), el(los) Fideicomitente(s) y el(los) Fideicomisario(s), en nombre del Fideicomiso, aceptan los términos y condiciones de este Acuerdo y Divulgación de la Cuenta Fiduciaria ("Divulgación").

  1. Si el Fideicomiso es un Fideicomiso Revocable, uno o más de los Fideicomitentes debe ser socio de la Cooperativa de Crédito. Si el Fideicomiso es un Fideicomiso Irrevocable, todos los Fideicomitentes o todos los beneficiarios deben ser miembros de la Cooperativa de Crédito. Todas las cuentas abiertas a nombre del Fideicomiso pertenecen únicamente al Fideicomiso. No se permite la transferencia de derechos de voto u otro privilegio de membresía en virtud de una transferencia de acciones. Las cuentas no son transferibles, como se define en el 12 CFR parte 204. Se entiende que el Fideicomiso bajo la Solicitud no tiene derecho a voto en ninguna asamblea de socios; aunque cada socio individual retiene su derecho de voto personal con su membresía individual en la Cooperativa de Crédito.
  2. LA COOPERATIVA DE CRÉDITONO HA RECIBIDO UNA COPIA DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO Y EN NINGÚN CASO SERÁ RESPONSABLE DE SU CONTENIDO. Los fideicomisarios, y no la Cooperativa de Crédito, asumen la plena responsabilidad de hacer cumplir las disposiciones del instrumento de fideicomiso.
  3. El Instrumento de Fideicomiso designa a las personas incluidas en la Solicitud como Fideicomisarios Sucesores. Los Fideicomisarios afirman que los Fideicomisarios Sucesores están obligados por el Instrumento de Fideicomiso a servir, y están autorizados y plenamente calificados para actuar como Fideicomisarios en caso de que todos los Fideicomisarios nombrados en la Solicitud renuncien, fallezcan, se incapaciten o se vuelvan incapaces de actuar como Fideicomisarios del Fideicomiso. La solicitud no será aprobada a menos que se designen fideicomisarios sucesores en la solicitud.
  4. En caso de que todos los Fideicomisarios y Fideicomisarios Sucesores mueran, renuncien, se incapaciten, se nieguen a actuar, o la Cooperativa de Crédito reciba instrucciones contradictorias, la Cooperativa de Crédito se reserva el derecho de interponer cualquier y todos los fondos mantenidos en las cuentas abiertas bajo la Solicitud y deducir los honorarios de sus abogados para la acción de interposición de los fondos de la Cuenta Fiduciaria.
  5. Si hay un cambio en las partes o en los términos del Fideicomiso, incluyendo pero no limitado a un cambio de Fideicomitente o Fideicomisario, o un cambio de dirección de un Fideicomitente o Fideicomisario, todos los Fideicomitentes y Fideicomisarios acuerdan ejecutar una nueva "Solicitud y Acuerdo para la Cuenta de la Cooperativa de Crédito en el Nombre de Fideicomisario(s)". Dicho cambio no entrará en vigor hasta que la Oficina Central de la Cooperativa de Crédito haya recibido un "Acuerdo de Solicitud de Cuenta de la Cooperativa de Crédito en Nombre del(los) Fideicomisario(s)" debidamente completado y ejecutado y tenga la oportunidad razonable de actuar al respecto. Los Fideicomisarios certifican que están debidamente designados en virtud del Instrumento de Fideicomiso y que por la autoridad que se les confiere en virtud del Instrumento de Fideicomiso, ellos, actuando solos o en conjunto, están autorizados y facultados para realizar transacciones de cualquier tipo en relación con la Cuenta del Fideicomiso en la Cooperativa de Crédito. Se acuerda que cualquier transacción realizada por los Fideicomisarios identificados en la Solicitud, actuando solos o en conjunto, será válida y liberará a la Cooperativa de cualquier responsabilidad. Los Fideicomisarios acuerdan que toda cuenta abierta en la Cooperativa de Crédito en nombre del Fideicomiso se regirá por los términos de la Solicitud, los términos y condiciones establecidos en el presente documento, así como por los Estatutos de la Cooperativa de Crédito, la Divulgación de la Veracidad de los Ahorros y los Acuerdos de Cuentas y Divulgación y Acuerdos de Servicios Electrónicos, los cuales se incorporan al presente documento por referencia.
  6. Los Fideicomisarios podrán autorizar la transacción de cualquier negocio en las cuentas mantenidas en la Cooperativa de Crédito en nombre del Fideicomiso mediante instrucciones orales o escritas a la Cooperativa de Crédito. Los Fideicomisarios podrán obtener fondos de la Cuenta del Fideicomiso a su nombre mediante instrucciones orales o escritas, o a nombre de terceros mediante instrucciones escritas del Fideicomisario.
  7. Los Fideicomisarios pueden recibir, tomar posesión, liberar, ceder, hipotecar, hipotetizar o utilizar de cualquier otra manera los activos del Fideicomiso como garantía de un préstamo de la Cooperativa de Crédito o cualquier otro propósito, excepto lo que se establece específicamente a continuación. Si los fideicomisarios nombrados en la Solicitud piden un préstamo a la Cooperativa de Crédito y el Instrumento de Fideicomiso debe ser examinado por un tercero (por ejemplo, una compañía de títulos) la Cooperativa de Crédito acuerda enviar una copia del Instrumento de Fideicomiso de los Fideicomisarios al tercero SOLO SI los Fideicomisarios presentan un sobre sellado conteniendo el Instrumento de Fideicomiso a la Cooperativa de Crédito. La Cooperativa de Crédito no aceptará copias del Instrumento de Fideicomiso que no estén en un sobre sellado. Además, la Cooperativa de Crédito no mantendrá ningún Instrumento de Fideicomiso en sus archivos ni será responsable por el contenido de un Instrumento de Fideicomiso. Los Fideicomisarios deberán firmar en un formulario designado por la Cooperativa de Crédito que la Cooperativa de Crédito ha recibido el Instrumento de Fideicomiso en un sobre sellado cuando los Fideicomisarios presenten el Instrumento de Fideicomiso a la Cooperativa de Crédito.
  8. Los Fideicomisarios acuerdan que si piden un préstamo a la Cooperativa de Crédito y utilizan los activos del Fideicomiso como garantía, entonces los Fideicomisarios y los Fideicomisarios como miembros de la Cooperativa de Crédito, al firmar todos los documentos relacionados con el préstamo, se obligan como individuos además de las firmas de los Fideicomisarios en nombre del Fideicomiso.
  9. Los Fideicomisarios se comprometen a notificar inmediatamente a la Cooperativa de Crédito si alguno de los Fideicomisarios o Fideicomisarios fallece o queda incapacitado. Antes de que los Fideicomisarios Sucesores realicen transacciones en las cuentas mantenidas en la Cooperativa de Crédito a nombre del Fideicomiso (incluyendo retiros), los Fideicomisarios Sucesores deben proporcionar a la Cooperativa de Crédito una carta de renuncia firmada por los Fideicomisarios existentes o copias certificadas de los certificados de defunción de los Fideicomisarios. Los Fideicomisarios Sucesores también deben completar una nueva Solicitud. La muerte, renuncia o incapacidad de cualquier Fideicomisario o Fideicomitente no revocará la autoridad de la Cooperativa de Crédito para actuar bajo la Solicitud hasta que la notificación escrita de la muerte, renuncia o incapacidad haya sido presentada a la Oficina Central de la Cooperativa de Crédito y la Cooperativa de Crédito tenga una oportunidad razonable para actuar al respecto. Sin embargo, tras la presentación de una copia certificada de los certificados de defunción, renuncia o declaraciones judiciales de incapacidad de los Fideicomisarios, la Cooperativa de Crédito está autorizada a actuar según las instrucciones de los Fideicomisarios sucesores designados de acuerdo con los términos de la Solicitud.
  10. Los Fideicomisarios sucesores deberán cerrar todas las cuentas abiertas bajo la Solicitud dentro de los 90 días siguientes a la recepción de la notificación de la muerte, renuncia o incapacidad de los Fideicomisarios. La Cooperativa de Crédito está autorizada, pero no obligada, a cerrar cualquier cuenta abierta bajo la Solicitud a los 91 días de recibir la notificación
  11. Los Fideicomitentes y los Fideicomisarios reconocen y acuerdan que la única obligación de la Cooperativa de Crédito hacia los Fideicomitentes/Fideicomisarios es como institución depositaria y es una relación de deudor/acreedor y nada en la Solicitud o en el Instrumento de Fideicomiso será interpretado para imponer cualquier deber u obligación a la Cooperativa de Crédito como fideicomisario u otro fiduciario bajo el Instrumento de Fideicomiso o de otra manera.
  12. Los Fideicomitentes y Fideicomisarios acuerdan por este medio que el Fideicomiso, ellos mismos y todos los beneficiarios del fideicomiso durante la vida del Fideicomiso y la vida legal de cualquier causa de acción, que involucre cualquier cuenta del Fideicomiso, indemnizarán y eximirán a la Cooperativa de Crédito de cualquier y todas las reclamaciones, demandas, acciones, daños, juicios, costos, cargos, y gastos, incluyendo, pero sin limitarse a, los costos judiciales y los honorarios de los abogados, que resulten de cualquier responsabilidad, pérdida y daño de cualquier naturaleza que la Cooperativa de Crédito deba o pueda sufrir como resultado del establecimiento, mantenimiento y transacción de cualquier negocio en cualquier Cuenta del Fideicomiso en la Cooperativa de Crédito. Los Fideicomitentes y los Fideicomisarios, en nombre del Fideicomiso, acuerdan pagar cualquier gasto, honorarios de abogados o costos necesarios incurridos en la ejecución de la Solicitud.
  13. Los Fideicomitentes y Fideicomisarios reconocen y aceptan que la Cooperativa de Crédito se basa en las declaraciones, representaciones y garantías hechas por los Fideicomitentes y Fideicomisarios contenidas en la Solicitud y que la Cooperativa de Crédito no será responsable de ninguna manera de verificar ya sea la existencia, validez o legalidad del Fideicomiso en sí, o la autoridad o poderes de los Fideicomisarios bajo el Instrumento de Fideicomiso que rige para establecer, mantener o tramitar cualquier negocio en la Cuenta de Fideicomiso. La Cooperativa de Crédito se reserva el derecho de exigir en cualquier momento una prueba en una forma aceptable para la Cooperativa de Crédito, afirmando la existencia del Fideicomiso y la autoridad y los poderes de los Fideicomisarios en virtud del mismo.
  14. Los Términos y Condiciones anteriores incorporan el entendimiento total y completo en relación con las cuentas y la transacción de negocios en la Cooperativa de Crédito para el Fideicomiso nombrado en la Solicitud.

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